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Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa (CSRD)
La CSRD tiene como objetivo ampliar el alcance de las entidades sujetas a reportar la información no financiera, así como aumentar el número de indicadores y requerimientos de información.
La divulgación es obligatoria en el Informe de Gestión con requisitos adicionales para la presentación online.
La verificación es independiente y obligatoria con tendencia a la seguridad razonable equiparable al assurance financieros.
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Lo que necesitas saber sobre la CSRD (Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa)
¿Qué es la CSRD?
La CSRD, una nueva legislación de la Unión Europea, busca imponer estándares más estrictos para la elaboración de informes de sostenibilidad empresarial.
La CSRD incluye 82 divulgaciones y 1.144 puntos de datos que las empresas pueden seleccionar para sus informes. No se necesita cumplir con todos los puntos.
Hay ciertas divulgaciones obligatorias, las empresas solo necesitan rastrear puntos de datos y divulgaciones adicionales que sean relevantes según lo identificado en la fase de investigación de materialidad/doble materialidad.
¿A qué empresas afecta?
La CSRD se implementó el 5 de enero de 2023, y se anticipa que las primeras presentaciones de informes se realicen en 2024.
2024: Las empresas que ya están bajo el alcance de la Directiva de Información No Financiera y cuentan con > 500 empleados, estarán obligadas a presentar sus informes en 2025.
2025: Las grandes empresas que actualmente no se encuentran reguladas por la NFRD y que tienen más de 250 empleados y/o una facturación superior a 40 millones € y/o activos activos totales mayores a 20 millones €, estarán obligadas a presentar sus informes en 2026.
2026: Pequeñas entidades de crédito que no son complejas, las aseguradoras cautivas y las pequeñas y medianas empresas (pymes) que cotizan en bolsa. Para estas últimas existe una cláusula de “exclusión voluntaria” hasta 2028.
¿Cuáles son los requisitos?
ESTÁNDARES DE REPORTE (ESRS)
Se han elaborado estándares de reporte uniformes, incrementado los requisitos de información obligatorios.
DOBLE MATERIALIDAD
Incorporación de la doble visión en el ejercicio de materialidad, debiendo evaluar los impactos de la organización sobre el medio ambiente y la sociedad, así como estas afectan al modelo de negocio de las entidades.
AMPLITUD DE LA INFORMACIÓN
Exigencia de información prospectiva y retrospectiva que incluye información ESG de toda la cadena de valor. Incorporación de nuevas temáticas y mayor profundidad en el análisis de riesgos (IRO).
CAMBIO CLIMÁTICO
Información sobre el Plan de Transición de la compañía y cómo se va a cumplir con la limitación a 1,5ºC y la neutralidad climática en 2050.
NFRD y CSRD
La NFRD aplica a empresas grandes de interés público y se centra en reportes no financieros. La CSRD, en cambio, amplía este alcance para incluir más empresas, incluyendo todas las grandes y cotizadas, y exige reportes más detallados y rigurosos sobre aspectos de sostenibilidad. La CSRD también introduce la necesidad de una auditoría de los reportes de sostenibilidad.
¿Qué es la doble materialidad?
La doble materialidad se refiere a la necesidad de que las organizaciones consideren no solo cómo sus actividades inciden en su entorno — tanto a nivel ambiental como social — sino también cómo estos factores externos afectan su rendimiento financiero.
La doble materialidad camina en dos direcciones: por un lado, cómo las operaciones empresariales impactan en el mundo, y por otro, cómo los cambios en el medio ambiente y la sociedad repercuten en la empresa.
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